¿Quién regula la tenencia adecuada de mascotas en propiedad horizontal?
- CONJUNTO LOS CERROS
- 15 sept 2022
- 3 Min. de lectura
La propiedad horizontal no puede prohibir la tenencia de mascotas, pero la ley exige implementar medidas que garanticen la sana convivencia, aspectos que los manuales de convivencia suelen adoptar.
Es el caso de exigir que las mascotas lleven lazo, bozal, prohibir que transiten libremente y sin acompañamiento de sus dueños o cuidadores, etc.
Igualmente, la obligación de los dueños o tenedores de la mascota de recoger los excrementos dejados por esta.
En fin, el manejo de mascotas en una propiedad horizontal es básicamente el mismo que se ha de dar en la vía pública de acuerdo al Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana.

Multas o sanciones económicas relacionadas con la tenencia de mascotas.
Algunos autores consideran que es ilegal que la propiedad imponga multas relacionadas con la tenencia de mascotas, sin embargo, no es estrictamente necesario que la propiedad horizontal sea quien imponga las multas, pues el código de policía o de convivencia ciudadana ya las considera.
Las conductas y las multas relacionadas con la tenencia de mascotas consideradas por el código de policía, son las siguientes:
Conducta.Multa.
Dejar deambular semoviente, animales feroces o dañinos, en espacio público, lugar abierto al público, o medio de transporte público, sin las debidas medidas de seguridad./Ocho (8) salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv).
Impedir el ingreso o permanencia de perros lazarillos que, como guías, acompañen a su propietario o tenedor, en lugares públicos, abiertos al público, sistemas de transporte masivo, colectivo o individual o en edificaciones públicas o privadas.Ocho (8) salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv).
Omitir la recogida de los excrementos de los animales, por parte de sus tenedores o propietarios, o dejarlos abandonados después de recogidos, cuando ello ocurra en el espacio público o en áreas comunes.Cuatro (4) salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv).
Trasladar un canino de raza potencialmente peligrosa en el espacio público, zonas comunes o en los lugares abiertos al público o en el transporte público en que sea permitida su estancia, sin bozal, trailla o demás implementos establecidos por las normas vigentes. Ocho (8) salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv).
Incumplir las disposiciones para el albergue de animales. Ocho (8) salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv).
Tolerar, permitir o inducir por acción u omisión el que un animal ataque a una persona, a un animal o a bienes de terceros. Treinta y dos (32) salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv).
Permitir que animales o mascotas esparzan, parcial o totalmente, en el espacio público o zonas comunes, el contenido de las bolsas y recipientes para la basura, una vez puestas para su recolección. Cuatro (4) salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv).
Permitir a niños, niñas o adolescentes la posesión, tenencia o transporte de ejemplares caninos potencialmente peligrosos. Ocho (8) salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv).
Tener o transportar caninos potencialmente peligrosos estando en estado de embriaguez o bajo el influjo de sustancias psicoactivas. Ocho (8) salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv).
No contar con póliza de responsabilidad civil extracontractual por la propiedad o tenencia de ejemplares caninos de manejo especial, una vez el Gobierno nacional expida la reglamentación sobre la materia. Treinta y dos (32) salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv).
Frente a estos casos, la administración de la propiedad horizontal puede recurrir a una acción policiva adjuntando las pruebas que demuestren la ocurrencia del comportamiento, como los videos de las cámaras de seguridad ubicadas en las zonas comunes.
No hay que olvidar que la propiedad horizontal puede tener un comité de convivencia que puede actuar como primera instancia para intentar corregir el comportamiento del infractor, y en caso que este haga caso omiso, se debe recurrir a la acción policiva colocando la respectiva denuncia, o poniendo en conocimiento el comportamiento a las autoridades competentes.
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